Comercio Exterior y Cambios
Blog sobre transacciones del Comercio Internacional y sus Regulaciones Cambiarias
Por Gustavo Giráldez
miércoles, 10 de agosto de 2011
Según lo establecido por la Resolución General N° 3134, a partir de Agosto se estableció la utilización obligatoria del Volante Electrónico de Pagos (VEP) para:
a) Cancelar obligaciones tributarias aduaneras correspondientes a operaciones de importación y de exportación sin plazo de espera para su pago, así como para el resto de las liquidaciones aduaneras.
b) Pagar garantías ejecutadas.
c) Efectuar depósitos en efectivo destinados a garantizar operaciones aduaneras.
El asegurador o garante para generar el VEP a fin de abonar los importes garantizados, deberá seleccionar como "Tipo de Pago" la opción "Pago de Garantes a Garantías Ejecutadas (F. 3013)".
Si desea conocer los pasos para utilizar el Volante Electrónico de Pagos, ingrese al instructivo de la AFIP que publicó a efectos de simplificar su uso a:
http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/documentos/pasoAPasoVEP.pdf
Hasta la próxima,
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