Banco Central de la República Argentina
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Por Staff ZonaBancos.com
viernes, 28 de agosto de 2009
Mediante la Comunicación “A” 4975 el Banco Central derogó uno de los recientes cambios normativos introducidos a partir del 21 de agosto por la Comunicación “A” 4972.
Mediante la Comunicación “A” 4975 el Banco Central derogó uno de los recientes cambios normativos introducidos a partir del 21 de agosto por la Comunicación “A” 4972 relativo al nuevo esquema de límites crediticios para financiaciones a personas físicas (cartera de consumo) basado en la relación cuota/ingreso, con lo cual retrotrajo la situación en esta materia (graduación del crédito) al límite basado en el patrimonio del cliente.
Con efecto retroactivo a aquella fecha, el límite crediticio máximo que las entidades financieras podrán asignarle cada individuo será igual al patrimonio de éstos y se reinstauran las siguientes excepciones a esa regla:
1. Ese límite puede elevarse hasta a 3 veces el patrimonio del cliente en la medida que la financiación cuente con autorización del directorio de la entidad financiera prestamista.
2. Se restablece la franquicia relativa a los individuos con financiaciones (ahora de hasta $ 750 mil) que podían no observar el límite relacionado con su patrimonio. Esta medida rige tanto para individuos como para empresas.
3. También se repone la franquicia en esta materia para créditos hipotecarios y prendarios para individuos, en la medida que los clientes no superen una relación cuota/ingreso del 30%.
Por otra parte, se destaca que se incrementa de $ 500 mil a $ 750 mil el límite hasta el cual las entidades financieras pueden darle tratamiento de la cartera de consumo a los créditos que tengan naturaleza comercial. Esto significa que las empresas con créditos hasta ese importe podrán ser mensualmente clasificadas crediticiamente en función de las pautas objetivas de riesgo de la cartera de individuos, entre las cuales la más importante es la mora y ya no por su flujo de fondos proyectado.
Esta medida había sido adelantada hace algunos días en el Comunicado de Prensa Nº 49.543 del BCRA si bien aún no estaba vigente y es consistente con el incremento de $ 500 mil a los actuales $ 750 mil en la franquicia de graduación del crédito para empresas efectuado mediante la Comunicación “A” 4972.
Asimismo, se difiere hasta enero de 2010 la entrada en vigencia de los nuevos porcentajes de cancelación mínima de deuda establecidos por la Comunicación “A” 4972 (que implicaban una disminución del 5% respecto a los vigentes) para la mejora en la categoría de riesgo crediticio, a fin de que las entidades financieras tengan tiempo suficiente para la implementación de esta medida en sus sistemas.
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