¿Lo Sabías?
Blog con curiosidades sobre el mundo de las finanzas
Por Carlos Risso
martes, 08 de diciembre de 2009
Hace unos meses, la Cámara Federal de la República Argentina, determinó que un hombre no era culpable de "expendio de moneda falsa" por la "torpeza de la adulteración". Hacía las unidades con una impresora a chorro de tinta y sobre papel blanco común.
En una resolución de tres carillas, los camaristas Eduardo Farah, Eduardo Freiler y Jorge Ballestero revocaron el procesamiento de Carmelo Marcos Ribles Rible y dispusieron su sobreseimiento.
El imputado estaba acusado de haber intentado abonar una compra, en el año 2005, con un billete de 100 pesos falsificado; y de pretender repetir la maniobra dos días después con un billete apócrifo de 50 dólares norteamericanos; fracasando en ambas ocasiones al advertirse la "torpeza" de la adulteración.
Si bien en primera instancia fue procesado, sin prisión preventiva, por el delito de "expendio de moneda falsa" en grado de tentativa, esa medida fue revocada y se dictó el sobreseimiento con la fórmula ritual que establece que "la formación de la causa no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado".
Los camaristas explicaron que "si la falsificación instrumental es a todas luces bastarda, torpe e incapaz de pasar inadvertida para el común de la gente, descartándose de plano la posibilidad de éxito del engaño, tal circunstancia priva al documento de toda aptitud lesionadora del bien jurídico".
En este caso se trataba, según acreditaron las pericias a que fueron sometidos los billetes, de simples impresiones de "chorro a tinta" confeccionadas en papel de diferente calidad de los originales y sin las medidas de seguridad de los auténticos.
"La acción de falsificar imitando un modelo precisa que el objeto creado (falso) tenga la apariencia del genuino, para lo cual debe tender un gran parecido con él", lo que "excluye los casos en que la moneda falsa fuere tan burda como para no ser aceptada por el común de la gente", dijeron los magistrados.
Por ello los camaristas concluyeron que "teniendo en consideración que los billetes presentan notorias características de falsedad y no son hábiles para producir engaño" corresponde "revocarse el auto atacado (que dispuso el procesamiento) y adoptarse un temperamento desvinculante", por lo cual sobreseyeron a Ribles Rible.
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