Empecemos por el principio: si el atraso en el pago de la deuda es muy grande o pero aún se deja definitivamente de pagar, el Banco en algún momento va a ejecutar la prenda (hay que ver también cuánto es el saldo que se le adeuda, porque tiene que ser importante para que inicie todas las gestiones judiciales). Esta situación, no le conviene a la persona que le sacaste el préstamo, ya que debe ser "ella o él" quien está haciendo uso del bien. Una vez que se ejecuta ( es decir van a buscar el bien prendado a dónde se encuentre) el banco se cobra su deuda y listo el pollo. El que se tiene que calentar por pagar es la otra persona.
Ahora bien si la otra persona, no le calienta nada y no paga obviamente la perjudicada también sos vos. Además de estar en situación irregular (3, 4 o 5 en la central de deudores del BCRA) y figurar morosa el en Veraz, te van a estar llamando desde el Banco, te va a mandar notas y cartas de documentos o luego te va a empezar a llamar el estudio de abogados. Tu calificación crediticia en el sistema financiero se deteriora y nunca más vas a conseguir que te den un préstamo.
En resumen, cuando te llame el Santander decile que te ejecuten y listo porque cada vez los intereses punitorios se van haciendo más grandes.
Con respecto a la cuenta, como con la ejecución del bien prendado ya se pagaría la deuda es dificil que vayan contra otros bienes tuyos por lo que no hay muchas posibilidades de que toquen tus depósitos y más aún si es una cuenta sueldo o donde se depositan asignaciones familiares.
En resumen, para que la persona a la que le prestaste tu nombre empiece a pagar decile que vos vas a llamar al banco y solicitar la ejecución del bien prendado a ver qué hace.