Finanzas

Por exigencias del Banco Central, dejan de operar 16 bancos en el país

martes, 06 de abril de 2010

Desde este lunes, las entidades decidieron suspender sus actividades por la entrada en vigencia de normas que exigen mayor transparencia

 Desde este lunes dejarán de operar en la Argentina 16 oficinas de representación de bancos internacionales de primera línea, debido a una serie de normas del Banco Central (BCRA).

Las mismas, que datan de octubre del año pasado, obligaba a las entidades a una mayor divulgación de sus actividades en el país. Y es que a partir de este lunes, una normativa más estricta para este tipo de entidades se pone en vigencia.

Algunos de los bancos que ya no operarán en el país son: Surinvest, BSI, EFG, Unión de Bancos Suizos (UBS), Credit Suisse, Royal Bank of Canada, Banque Safdie, Safra Nacional Bank of New York y EFG, entre los más importantes, según informa Ámbito Financiero en su edición de hoy.

Por otra parte, también dejarán de operar oficinas de representación de bancos que tienen operaciones comerciales en el país y que por lo tanto seguirán con su habitual presencia en el mercado local, como los casos del Itaú y Deutsche Bank.

La norma que provocó la salida de estas instituciones de primer nivel es la Comunicación A 4.981 del Banco Central, dada a conocer en octubre, durante la gestión de Martín Redrado.

En la misma se dispuso que a partir del 1 de abril de 2010 las oficinas de representación de entidades extranjeras debían cumplir con una serie de nuevos requisitos para poder operar.

El escrito obliga a llevar un registro (rubricado ante el Registro Público de Comercio) con el detalle de todas las operaciones en las que intervenga en nombre de sus representados.

Además se determina que deben designar un representante suplente, que se suma al representante ya existente, agrega Ámbito Financiero.

Objetivos
Según explicaron en el Central, el propósito de la norma es “aportar mayor transparencia a la actividad de las oficinas de representación, facilitando el control y el seguimiento de sus movimientos”, dado su carácter de entidades controladas por la Superintendencia de Entidades Financieras y sujetas a la normativa del BCRA, señaló el matutino.

El cumplimiento de la norma permitirá una supervisión más rigurosa, en la que ningún actor del sistema financiero pueda ejecutar operaciones por fuera de las permitidas.

A pesar de eso, señalaron que existen aspectos controvertidos ya que obliga a renunciar al secreto bancario de las casas matrices.

“Desde el momento en que un banquero debe prescindir del secreto bancario de sus clientes, es obvio que tiene que dedicarse a otra cosa”, indicaron las fuentes al matutino.

Sin embargo desde el BCRA señalaron que “las oficinas de representación tienen autorización para gestionar o asesorar en relación con los servicios financieros ofrecidos por su casa matriz. La normativa les impide expresamente realizar intermediación financiera en los términos de la Ley de Entidades Financieras. En concreto, no pueden captar depósitos, ni para sí ni para terceros. Tampoco pueden efectuar operaciones cambiarias”, concluye el medio.

Fuente: iProfesional