PEDIRÁN DECLARACIONES JURADAS A CLIENTES CON LÍMITES DE COMPRA DE MÁS DE $ 5.000

Obligan a emisoras de tarjetas de crédito a alertar por posibles operaciones de lavado

martes, 25 de enero de 2011

La medida alcanza a los cheques de viajero. Se suma a las directivas de la UIF que alcanzaron a casinos, profesionales y organismos públicos, entre otros. En febrero se reúne el GAFI

La Unidad de Información Financiera (UIF) obligó a las empresas emisoras de tarjetas de crédito y cheques de viajero a informar cualquier operación de sus clientes considerada inusual o sospechosa. Así consta en la resolución 27/2011, publicada ayer en el Boletín Oficial.

Es la primera vez desde la sanción de la ley 25.246, sobre Encubrimiento y Lavado de Activos, que el Estado regula la emisión de plásticos o cheques de viajero, informó la UIF en un comunicado. La medida obliga a los emisores de cheques y operadores de tarjetas (como los bancos) a designar un Oficial de Cumplimiento responsable de la relación con la UIF que los bancos ya tienen y a establecer un manual de procedimientos para actuar ante situaciones de este tipo, entre otras.

La resolución 27 exige a las emisoras de cheques de viajero y operadoras de tarjetas de crédito que registren las operaciones de sus clientes, tanto usuarios titulares como portadores de extensiones, y a los proveedores de bienes o servicios o comercios adheridos.

Las empresas también deberán abrir un legajo de identificación de cada cliente en el que conste, en el caso de la persona física, su actividad principal. Las compañías están obligadas a informar si el cliente es una Persona Expuesta Políticamente (PEP). Así denomina la UIF a aquellos sujetos con cierta relevancia pública, desde el Presidente de la Nación hasta los concejales de los municipios de todo el país, pasando por oficiales de las Fuerzas Armadas y representantes en sindicatos y cámaras empresarias.
Además, las compañías deberán requerir una declaración jurada a sus clientes cuando éstos soliciten una emisión de cheques de viajero superior a $ 5.000 o tengan tarjetas con un límite de compra que se ubique por encima de esa cifra.

Y cuando esos topes superen los $ 20.000, las declaraciones juradas deberán ir acompañadas de documentación respaldatoria que sustente el origen declarado de los fondos, según consta en la resolución 27.
Las empresas deberán realizar perfiles transaccionales de sus clientes y seguir las operaciones que efectúen. Tienen 90 días para adecuarse a las disposiciones.

La UIF tipificó operaciones inusuales (aisladas) y sospechosas (cuando hay elementos para dudar de esos hechos aislados). Estas últimas incluyen, en el caso de los usuarios de tarjetas de crédito o cheques de viajero, la alta concentración, sin causa aparente, de compras de un usuario en un mismo establecimiento adherido, por montos significativos, y situaciones en las que el cliente trate con países o jurisdicciones declarados paraísos fiscales por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
La disposición se suma a resoluciones similares emitidas la semana pasada que alcanzaron al Banco Central, la Comisión Nacional de Valores (CNV), la Superintendencia de Seguros, las empresas de juegos de azar, las transportadoras de caudales, las compañías de giros postales, los escribanos y los contadores.

El combo de resoluciones llega después de que el Gobierno centralizara por decreto la coordinación de las acciones antilavado en la UIF. Esto ocurrió luego de que el GAFI criticara el escaso control y la falta de medidas antilavado en el país, en octubre último. En febrero, el organismo internacional volverá a reunirse para evaluar la evolución de la Argentina en la materia. 

Fuente: El Cronista