jubilados
jueves, 29 de diciembre de 2011
Los topes a los intereses que pueden cobrar las entidades que ofrecen créditos a jubilados y pensionados rige desde ayer. El Gobierno oficializó la medida que establece que los préstamos no podrán superar el 5% de interés de la tasa que cobra el Banco Nación.
Así lo dispuso la Anses a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial. La disposición oficial involucra a los créditos otorgados bajo la modalidad del cobro de cuotas mediante el descuento de los haberes previsionales y establece que desde ahora, las entidades deben notificar dentro de los 30 días corridos a los jubilados que ya tienen un préstamo que "tienen la facultad de optar por realizar la precancelación del crédito". El decreto estipula la "precancelación por hasta el importe del capital adeudado más los intereses calculados hasta la fecha de dicha precancelación", datos que las entidades deberán informar al prestatario en la misma notificación.
La medida oficial establece, además, que "el haber previsional mensual neto no podrá ser afectado como consecuencia de la presente operatoria, más allá del 30%".
"El haber mensual neto está constituido por el monto del haber mensual bruto menos las deducciones en concepto de retenciones obligatoriamente impuestas por las leyes o en virtud de medidas judiciales", precisó la resolución.
Fuente: La Gaceta
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