Dolar

Flexibilizan controles para turistas

martes, 03 de enero de 2012

partir de hoy entrará en vigor una nueva norma que flexibiliza los controles cambiarios sobre la compra de dólares para el turismo.

A través de una resolución del Banco Central publicada el último jueves y que empezó a regir a partir de la hora cero de hoy, se formalizó el mecanismo para que los turistas argentinos puedan operar sin restricciones en el exterior utilizando sus tarjetas de crédito y débito.

Cuando el Poder Ejecutivo decidió implementar un nuevo régimen de controles para el mercado cambiario en los primeros días de noviembre, uno de los puntos que habían quedado sin definición era qué pasaba con el uso de las tarjetas en el exterior. Desde un punto de vista formal, este tipo de operaciones tenían que pasar por el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias implementado por la AFIP y que incluía una validación expresa por parte del organismo. En los hechos, esta validación no se estaba aplicando, pero subsistían las dudas de numerosos usuarios sobre el particular. Con la resolución número 5261 del Banco Central se formalizó la excepción.

En la circular del último jueves, el BCRA precisó que la validación de la AFIP no será requisito cuando la operación corresponda a "transferencias al exterior que correspondan al pago de los consumos realizados con el uso de tarjetas de crédito y los retiros efectuados de cajeros en el exterior con débito a cuentas locales".

"Lo importante es que quedó formalizado como una de las excepciones a las operaciones con tarjeta fuera del país, lo que significa que no habrá problemas para hacer un consumo en el exterior y después esa compra se cancelará en pesos en la Argentina al cambio oficial", explicaron en el Banco Central.

Dentro del régimen de excepciones también fueron incluidas las extracciones de efectivo realizadas con tarjetas de débito en el exterior.

Sin embargo, en este punto en el Banco Central recordaron que lo que se mantiene sin cambios son las restricciones que aplican cada uno de los bancos a sus clientes, con límites que en la mayoría de las entidades oscilan alrededor de los 300 dólares por día. Además, para este tipo de operaciones siguen rigiendo las comisiones que cobran los bancos y que en muchos casos implican gastos importantes para el titular de la cuenta.

MÁS EXCEPCIONES

En la resolución también se incluyeron otras dos excepciones al régimen de validación de las operaciones de compra de divisas por parte de la AFIP. La primera rige para los operadores y agencias de viajes y turismo que se encuentren inscriptos ante el organismo fiscal, y que a partir de hoy podrán operar en el mercado cambiario sin pasar por la autorización previa de la AFIP, de manera de facilitar su normal desempeño.

La otra excepción rige para los extranjeros no residentes que operan en el mercado cambiario local. En los primeros días de implementación de los nuevos controles, muchos extranjeros descubrieron que no podían desprenderse de los pesos que les sobraban y recomprar dólares o euros cuando estaban por dejar la Argentina.

A partir de la nueva resolución, los extranjeros también quedaron alcanzados por el régimen de excepciones, siempre y cuando demuestren vía comprobantes bancarios o de la casa de cambio que los pesos que quieren vender fueron adquiridos unos días antes.

US$ 300
Por día
Es el límite por extracción por cajero en el exterior que permiten la mayoría de los bancos a sus clientes. 

Fuente: La Nación