política monetaria
viernes, 09 de noviembre de 2012
Así indica un comunicado de la autoridad monetaria. El Directorio del BCRA modificó el régimen sobre exigencia de capital para atender el riesgo de crédito y la integración por parte de las entidades financieras que operan en el país. Regirán desde enero 2013
"La nueva normativa está orientada fortalecer el sistema financiero, estimular el otorgamiento de crédito para sostener el crecimiento de la economía y adaptar la regulación argentina a los criterios internacionales", indica los fundamentos de la medida, aunque dispone tomar menos previsiones de incobrabilidad.
Aseguran los técnicos del Central que "las nuevas disposiciones se encuentran en línea con los estándares del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y los compromisos asumidos por la Argentina en el G20, que tienen como objetivo preservar la estabilidad financiera".
Esta normativa complementa el conjunto de disposiciones aprobadas por el BCRA que, como la norma sobre capital mínimo por riesgo operacional que comenzó a regir en febrero del presente año, introducen nuevos requisitos en la exigencia de capital para las entidades que operan en el país.
Las principales modificaciones, que se pondrán en marcha a partir de enero de 2013, están vinculadas con la aplicación de los coeficientes preestablecidos para ponderar el riesgo de las exposiciones crediticias.
Tratamiento de la cartera minorista y los préstamos para la vivienda: Las financiaciones a las personas físicas y MiPyME estarán sujetas a un ponderador del 75% y los préstamos hipotecarios sobre la vivienda única, al 35%, siempre que se cumplan determinadas condiciones.
En ambos casos la nueva norma reduce el ponderador respecto de los que rigen actualmente, establecidos en 100% y 50%, respectivamente.
Tratamiento de las exposiciones con el sector público no financiero: se ponderarán al 0%. Las financiaciones otorgadas al sector público pero denominadas en otra moneda seguirán, como hasta ahora, ponderadas al 100 por ciento.
Tratamiento de las titulizaciones: Actualmente la exigencia de capital se calcula sólo respecto del valor nominal de los títulos y certificados de participación en fideicomisos que figuren en el activo de las entidades financieras. Con el cambio, se deberá guardar capital por el total de los créditos transferidos a un fideicomiso, si la entidad cedente retiene algún tipo de exposición.
Con los cambios aprobados, los préstamos en mora recibirán ponderadores de riesgo que decrecen a medida que se incrementa la previsión por incobrabilidad.
Fuente: Infobae
Recibí info GRATIS en tu correo
¡Suscribite ya!
33,00% TNA
30 días
32,00% TNA
“No reclames que te dan de baja”
MARCELOBAINES opinó sobre Banco Galicia el 26/02/20
“irresponsables”
jimenap1989 opinó sobre Banco Galicia el 05/02/20
“Cautivo de este banco, pesimo! Rosario.”
aluvion85 opinó sobre Nuevo Banco de Santa Fe el 19/01/20
“Cooperativismo en el capitalismo!”
aluvion85 opinó sobre Banco Credicoop el 19/01/20
“Cobro incorrecto con previa consulta hecha”
Cpach opinó sobre Banco Supervielle el 14/01/20
más opiniones