blanqueo de dólares

El Banco Central publicó la reglamentación de CEDIN

jueves, 13 de junio de 2013

El Banco Central reglamentó ayer el CEDIN, con cuyos documentos se podrán comprar viviendas, lotes, oficinas, cocheras, galpones y además adquirir materiales para la construcción.

El Banco Central de la República Argentina publicó ayer la reglamentación de los Certificados de Depósitos de Inversión (CEDIN), una de las herramientas financieras contemplados en la ley de exteriorización de divisas, que estarán destinados a impulsar al sector de la construcción y el mercado inmobiliario.

La reglamentación, que lleva el número "A'5447 y que fue publicada ayer por la tarde en la página web de la entidad monetaria, precisa las características técnicas de este instrumento derivado de la exteriorización de capitales, cuya ley fue aprobada por el Congreso nacional el 29 de mayo.

El CEDIN -cuya nominación es en dólares- podrá ser utilizado para el pago de operaciones de toda índole, en la medida en que la contraparte lo acepte, pero para su cobro debe haberse aplicado a los destinos previstos en la ley con anterioridad o con posterioridad a su aceptación y recepción como medio de pago.

En lo que refiere a la aplicación de los Certificados de Depósitos de Inversión, la reglamentación precisa que los destinos admitidos son Construcción de nuevas viviendas; Refacción, ampliación o mejora de inmuebles; Compra de terrenos, lotes o parcelas -sean urbanos o rurales-, galpones, locales, oficinas, cocheras, y viviendas ya construidas, y también para la compra de materiales.

Entre las principales características técnicas de la nueva herramienta financiera, se destaca que el CEDIN tendrá la posibilidad de recibir endosos ilimitados, sean simples o registrados, por lo cual no es asimilable a un cheque cancelatorio que acepta sólo dos y es considerado un instrumento de baja circulación.

El Banco Central precisó también que los CEDIN se podrán adquirir con pesos en el mercado secundario por un acuerdo entre partes, aunque se aclaró que se está trabajando para estructurar una modalidad para el mercado secundario en particular.

En este punto, la entidad financiera determinó que los certificados no se pueden dejar depositados en los bancos, así como tampoco las casas de cambio podrán suscribir los Certificados de Depósitos de Inversión, aunque sí podrán operar en el mercado secundario.

Los certificados -cuyas medidas son de 225 milímetros de largo por 65 milímetros de ancho- serán emitidos por un valor mínimo de 100 dólares y un máximo de 100.000 dólares, no tendrán fecha de vencimiento, y su serie y numeración constarán en el cuerpo y el talón de cada unidad.  

Fuente: diario popular