cepo cambiario
jueves, 22 de mayo de 2014
Los bancos y sociedades de Bolsa recibieron esta semana la bendición definitiva de la Justicia para fugar divisas al exterior a través del mercado de capitales sin temor a ser sancionados.
Fue luego de que, este viernes, un juez de primera instancia considerara que no hubo infracción cambiaria en una operación que realizó uno de los grandes bancos del sistema, hace ya ocho años, conocida como "contado con liquidación".
El fallo, que fue señalado por los abogados defensores como un "leading case", sienta un precedente para un mercado entero que se esforzaba en tomar recaudos o evitar este mecanismo por considerar que su legalidad se ubicaba en una "zona gris", y en un momento en que empieza a estar más demandado por las empresas para hacerse de dólares fuera del país ante la incertidumbre financiera y las expectativas de devaluación.
El "contado con liqui" es un arbitraje de bonos y acciones que realizan frecuentemente muchas sociedades de Bolsa (especialmente las pequeñas) con el objetivo de fugar divisas al exterior; pero que las más grandes entidades del sistema financiero prefieren evitar (o disimular) por miedo a incurrir en una irregularidad que pueda ser castigada.
Los límites de su legalidad eran difusos y discutibles para muchos organismo y funcionarios oficiales, que en los últimos años no dudaron en sumariar a compañías y ejecutivos que la habían realizado. En determinados momentos, el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV) se esforzaron en combatir este tipo de compra y venta de títulos al señalar que, de alguna manera, pretendían eludir los controles cambiarios. Con esta estricta vigilancia, el volumen se redujo enormemente en los últimos años: a veces, a través de inspecciones o advertencias informales; y otras, mediante normativas (como las resoluciones 538 y 539 de la CNV, que exigieron a los operadores mantener en cartera durante al menos 72 horas hábiles los títulos adquiridos localmente). El volumen estimado por los propios organismos cayó abruptamente desde 2008 hasta hoy, de los u$s 143 millones a los u$s 10 millones diarios.
Este viernes, el juzgado de primera instancia en lo Penal económico N° 3 (Secretaría N° 6) absolvió al BBVA Francés y a algunos de sus funcionarios en la causa que lo investigaba por haber comprado y vendido inmediatamente títulos en dólares. A la entidad se le imputaba el presunto delito cambiario de intentar evitar registrarse en el mercado de cambios.
"Esta sentencia será considerada como un 'leading case' para el sistema financiero; y este precedente, seguramente, también será aplicado a múltiples causas que hoy se encuentran en trámite por hechos similares al aquí investigado", comentó a este diario el abogado Horacio Parma, socio del estudio jurídico Parma, Pena y Asociados, que estuvo a cargo de la defensa del BBVA Banco Francés.
Según quedó firme en el fallo, la Justicia no sólo consideró que las operaciones investigadas no estaban prohibidas por las normas del BCRA sino que, además, una comunicación de este mismo organismo la permitía expresamente: la "A 4308", que establece cómo deben realizarse las operaciones de valores en Bolsas y mercados de valores autorregulados.
"Hubo funcionarios del Estado que vertieron opiniones dudando de la legalidad de esta operatoria; sin embargo este fallo deja perfectamente en claro que las mismas resultan acorde a derecho. Es decir, pueden llevarse a cabo sin el temor de merecer una sanción por ello", completó Parma.
La operación de contado con liquidación tomó vuelo en estas últimas semanas en las que el mercado buscó volcarse sobre los activos dólares ante la presunción de un posible ajuste cambiario. El tipo de cambio implícito que surge de estas transacciones se disparó de los $ 9,68 a los $ 10,77 desde que el Central resolvió bajar por segunda vez las tasas de interés, y alimentó de este modo la expectativas de devaluación.
Fuente: Ambito
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“Cautivo de este banco, pesimo! Rosario.”
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